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Fondo de Asistencia Laboral · Ley 27.802

El FAL de tu empresa, en claro.

Desde el 1° de noviembre de 2026, toda empresa aporta a su Fondo de Asistencia Laboral. Lo estudiamos a fondo y escribimos el informe técnico. Ahora te ayudamos con lo que de verdad importa: entender cuánto es, qué implica y a quién le confiás administrarlo.

Agente Productor CNV · Matrícula 1957 · Análisis sin costo ni compromiso
Simulador

¿Cuánto va a aportar tu empresa?

Una estimación rápida sobre tu masa salarial. Recordá: el aporte se compensa con una reducción de contribuciones patronales.

Aporte mensual estimado
$562.500
2,5% sobre la masa salarial
Masa salarial mensual $22.500.000
Aporte anual (13 sueldos) $7.312.500
No es un costo nuevo. Se detrae de otras contribuciones patronales: por diseño, neutraliza el impacto en tu costo laboral.

Estimación orientativa sobre la masa salarial informada. No contempla topes, exenciones ni la situación particular de cada empresa. Consultá a tu contador.

Lo esencial

Qué es, y qué no es.

La confusión más común es tratarlo como un ahorro del trabajador. No lo es: la cuenta es de tu empresa.

Qué es

  • Una cuenta de tu empresa para prefondear indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
  • Un aporte del 1% (grandes) o 2,5% (MiPyME) que se declara por el F.931.
  • Un saldo que se invierte en instrumentos argentinos y devenga rendimientos exentos.
  • Un patrimonio inembargable; el remanente no usado vuelve a la empresa.

Qué no es

  • No es un ahorro del trabajador: no le crea un derecho sobre el fondo.
  • No es un costo nuevo: se compensa con la reducción de contribuciones patronales.
  • No modifica el régimen indemnizatorio ni libera al empleador de pagar.
  • No cubre a trabajadores no registrados ni relaciones con menos de 12 meses.
La decisión

Una sola cosa tenés que elegir: el administrador.

El aporte es obligatorio y no se negocia. Lo que sí queda en tus manos es a quién le confiás la administración del fondo. Es una decisión que se toma una vez y te acompaña por lo menos seis meses: los cambios de administrador se habilitan solo dos veces al año.

Si tu empresa no informa un ID FAL válido, transcurrido un mes la CNV te asigna un fondo de oficio. No es catastrófico —después podés portar—, pero significa arrancar con una elección que no hiciste. Por eso vale la pena tomarla con criterio desde el principio.

Vigencia
01/11/26
Primer devengamiento
Carencia
6 meses
Antes del primer uso
Comisión máx.
1%
Anual · tope legal
Traspasos
2 / año
Con 6 meses de piso
Mandato de inversión

En qué puede —y no puede— invertir el fondo.

La reglamentación acota el universo a instrumentos emitidos y negociados en la Argentina: no se admiten activos del exterior ni certificados sobre subyacentes extranjeros. Dentro de ese universo, cada clase de activo tiene un tope.

Regla de carteraLímite
Liquidez mínima — efectivo y equivalentes10% (piso)
Obligaciones negociables20% máx.
Bonos provinciales y municipales15% máx.
Depósitos bancarios — por entidad15% máx.
Exposición cambiaria — agregada10% máx.
Comisión del administrador1% anual máx.

Límites según la reglamentación (Resolución ME 1276/2026 y normas complementarias de la CNV), sujetos a actualización. La gracia está en el criterio: dentro de estas reglas, cada administrador arma una cartera distinta. Compararlas es, justamente, donde entra el asesoramiento.

Cómo lo trabajamos

La misma disciplina que aplicamos a una cartera.

Entender el caso, comparar las opciones y acompañar en el tiempo. No es vender un producto: es asesorar una decisión.

i.

Entender

Analizamos tu nómina y tu situación para dimensionar el aporte y el perfil del fondo.

ii.

Comparar

Revisamos los fondos y entidades habilitados y elegimos, con vos, el que mejor calza.

iii.

Constituir

Apertura de la cuenta, ID FAL, alta en ARCA y coordinación con tu contador.

iv.

Seguir

Reportería periódica y un asesor asignado como interlocutor único.

Somos Agente Productor Persona Jurídica registrado en la CNV (Matrícula N° 1957). Trabajamos el FAL con la misma cercanía, el mismo research y la misma tecnología propia con la que asesoramos al resto de nuestros clientes.

Lo escribimos: el informe técnico del FAL

Marco legal, tratamiento fiscal, calendario y qué implica para el mercado local. El análisis completo, sin tecnicismos.

Leer el informe →
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Es obligatorio para todas las empresas?
Sí. Desde el 1° de noviembre de 2026 alcanza a todo empleador con trabajadores registrados. Quedan afuera los regímenes de la construcción (Ley 22.250, con su propio fondo de cese) y el personal de casas particulares (Ley 26.844).
¿De quién es la plata del fondo?
De tu empresa. La cuenta es del empleador, no del trabajador. Ante una contingencia cubierta decidís si aplicás los recursos, y el remanente no utilizado —extinguida la relación— se te transfiere.
¿Puedo cambiar de administrador más adelante?
Sí, pero los traspasos se habilitan solo dos veces al año y con un mínimo de seis meses entre cambios. Por eso conviene elegir con criterio desde el arranque.
¿Qué pasa si no elijo ninguno?
Si no informás un ID FAL válido, transcurrido un mes la CNV te asigna un fondo de oficio. Después podés portarlo, pero habrás arrancado con una elección que no hiciste.
¿Realmente no aumenta mi costo laboral?
El aporte se compensa con una reducción equivalente de otras contribuciones patronales: por diseño neutraliza el costo. Es una reasignación dentro de tu F.931, no plata extra — a lo que se suma el efecto impositivo (contribuciones deducibles de Ganancias, rendimientos exentos).
¿Cuándo puedo usar los fondos?
Hay una carencia inicial de seis meses. A partir de ahí, ante cada contingencia cubierta, el pago va directo en un plazo máximo de cinco días hábiles. El empleador sigue siendo el responsable del pago íntegro, exista o no saldo suficiente.

Elegí tu FAL con criterio, no por default.

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Contenido con fines informativos; no constituye asesoramiento legal, impositivo ni contable. El FAL (Ley 27.802 y Decreto 408/2026) está pendiente de normas complementarias — verificá el estado normativo vigente y consultá a tu contador antes de decidir. Ánimas Ventures S.A. · Agente Productor CNV · Matrícula N° 1957.